La situación de los seis policías condenados a 12 años de cárcel por el 30-S dio un giro el fin de semana.
El sábado el presidente Rafael Correa incluso habló de un indulto. “Si estos policías reconocen su error y piden disculpas, no al Presidente sino al país entero, previa la autorización de las familias de las víctimas, podríamos hasta pensar en un indulto”, comentó el jefe de Estado. Los abogados analizan este pronunciamiento oficial.
Pero este no sería el primer caso del 30-S en el que se aplique la figura del indulto. Ya ocurrió con otros uniformados. En marzo del 2012, el jefe de Estado firmó el Decreto para indultar a los gendarmes Luis Bahamonde y Jaime Paucar. Al igual que los seis anteriores, ellos también fueron condenados por un intento de magnicidio.
¿Quiénes eran ellos? Paucar fue quien –según la justicia- intentó quitar la máscara antigas a Correa, mientras se encontraba en los patios de la Policía. Mientras que Bahamonde fue juzgado “rociarle gas pimienta” al Primer Mandatario.
En el artículo 147 de la Constitución señala que una de las atribuciones del Presidente es indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.
Esa potestad también se establece para la Asamblea. En la misma constitución se dice que podrá “conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes.
No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia”.