Carlos H. se desempeñaba como guía penitenciario. El hombre se puso nervioso cuando se acercó al filtro policial, en el ingreso al centro de privación de libertad de Chimborazo.
Luego de evadir el control, el hombre se habría dirigido a su vehículo para guardar un paquete. Resultó que portaba 210 gramos de pasta de base de cocaína, tres celulares y dinero en efectivo.
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Este 29 de abril de 2024, la Fiscalía General del Estado informó que el hecho ocurrió el 14 de marzo, el hombre fue aprehendido en delito flagrante y puesto a órdenes de las autoridades judiciales.
Carlos H. fue llamado a juicio por el presunto delito de tráfico de sustancias sujetas a fiscalización.
Durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la Fiscal de la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada Trasnacional e Internacional, a cargo del caso, presentó la prueba de identificación preliminar homologada.
Además, en el proceso se sumó el acta de verificación y pesaje de las sustancias sujetas a fiscalización, las versiones del detenido y otras evidencias, que fueron ingresadas en cadena de custodia de la Policía Antinarcóticos.
La sanción por tráfico de sustancias sujetas a fiscalización
El tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La sanción corresponde a una pena privativa de libertad que va de cinco a siete años.