Varios estudiantes del Colegio El Sauce, en el valle de Tumbaco, durante uno de los recesos en la institución. Foto: EL COMERCIO
El Acuerdo 387, que busca establecer los parámetros generales para el cobro de pensiones y matrículas de los establecimientos privados, ha obligado a los centros educativos a realizar ajustes internos en sus presupuestos.
Con la normativa se determinó que los ingresos totales de las escuelas y colegios deberán distribuirse equitativamente entre cinco componentes principales de la gestión educativa, con base en los cuales se pueden fijar los valores que cobrarán a los padres de familia.
Así, los rubros entre los que se deben dividir los ingresos son: gestión educativa, costo administrativo, costo de consejería estudiantil, gastos financieros y previsiones para reservas y excedentes.
Dentro de estos rubros, los que más se destacan son los relacionados con el financiamiento de la formación y capacitación de los docentes; así como el mantenimiento de equipos, infraestructura educativa, insumos didácticos e informáticos y la depreciación de las instalaciones destinadas al desarrollo de las diferentes actividades educativas.
Estos valores deben ser cubiertos con lo que se obtiene de las matrículas y pensiones mensuales, que ahora tienen techos y mínimos para ser cobrados a las familias por los servicios educativos.
Por ejemplo, se estableció que la matrícula no podrá ser superior al 75% del valor de la pensión mensual neta. Pero si se quiere aumentar de año a año el costo de la mensualidad, debe registrarse esta solicitud en el Ministerio de Educación, para que lo apruebe.
Desde las instituciones se mira con buenos ojos el hecho de que ahora exista un proceso automatizado y transparente de fijación de pensiones y matrículas. Varios establecimientos han completado los requerimientos del Ministerio y se aceptó el aumento de pensiones. Ese es el caso del Colegio Menor San Francisco de Quito.
La directora administrativa y financiera de esta institución, Mary Romero, comenta que el cambio es positivo porque permite, de forma técnica, fijar las pensiones de acuerdo con la calidad del servicio que ofrecen y agilizar los trámites.
Sin embargo, considera que se debe separar el incremento por inflación del incremento por mejora educativa. Por lo tanto, ve necesario revisar la distribución de los valores establecidos en el artículo 11 de este acuerdo. Allí se fijaron los montos mínimos y máximos que la institución educativa puede destinar a cada uno de los cinco rubros de inversión.
Por ejemplo, a la gestión educativa le corresponderá al menos el 50% del presupuesto de la institución. De este porcentaje, se debe destinar un 70% para el pago docente.
Otro aspecto que se puede mejorar, según Romero, es la entrega y difusión de la resolución de los costos con unos seis meses de anticipación. Así, los padres de familia tendrían el tiempo suficiente para escoger el colegio para sus hijos y las instituciones, para planificar.
En otros establecimientos, el proceso ha sido un poco más complejo. El Colegio El Sauce solicitó un incremento en los costos pero no fue posible debido a unas complicaciones en la información presentada a la Cartera. La dificultad surgió por un error en el sistema, por lo que la institución apeló hace tres semanas y están a la espera de una resolución.
Según Guillermo Urgilés, rector del colegio, una de las limitaciones de este acuerdo es que algunos rubros no se ajustan a la realidad. Por ejemplo, se limitan los porcentajes para mantenimiento y eso dificulta cubrir los gastos que implica cuidar un campus de cerca de 4 hectáreas o hacer mejoras de infraestructura.
Además –comenta Urgilés– también se afectan otros rubros de mejora, como el aspecto tecnológico.
El colegio ha invertido en pizarras virtuales y laboratorios de computación, por lo que aspiraría a tener mayores recursos, pero el sistema no le permite más del 10% de incremento en sus pensiones.
Para las autoridades de este centro educativo, esos porcentajes tendrían que ser más flexibles para solventar los distintos gastos del plantel. Se solicitó entrevista al Ministerio de Educación, pero no hubo respuesta.
En contexto
El Acuerdo 387 regula los costos de la educación basándose en cinco parámetros generales. Para algunos colegios, el principal problema ha sido acoplar los porcentajes de incremento a la realidad de los gastos que implica el mantenimiento de una institución educativa.