Si tienes poco tiempo, te lo resumimos en estas líneas:
- El voto es obligatorio en Ecuador para personas de entre 18 y 64 años.
- La inasistencia a las urnas será sancionada con el 10% de un Salario Básico Unificado.
- Si por problemas de salud no puede presentarse, deberá justificarlo en las delegaciones provinciales.
El 21 de abril de 2024, Ecuador se prepara para una jornada democrática: el referendo y consulta popular.
Se trata de un ejercicio de participación ciudadana donde se someterán a consideración de la ciudadanía 11 preguntas para cambiar algunas normativas legales.
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En las preguntas se abordan distintos temas. La mayoría está relacionada con la seguridad y justicia.
Se habla sobre los cambios en el rol de las Fuerzas Armadas para enfrentar a la delincuencia, se propone el endurecimiento de las penas para ciertos delitos relacionados con organizaciones criminales, y se plantea una evaluación a los miembros de la Función Judicial.
También se consultarán temas relacionados con la migración y contratos laborales por horas.
Se recuerda que el voto es obligatorio en Ecuador para personas entre 18 y 64 años, por lo que, quienes no cumplan con esta obligación serán sancionados con una multa equivalente al 10% de un Salario Básico Unificado, es decir, USD 45.
Existen cinco razones que permiten justificar la inasistencia a votar. Sin embargo, aquellos que no puedan justificar su ausencia y no acudan a sufragar recibirán una sanción económica.
Estas excepciones incluyen situaciones como la imposibilidad de votar por mandato legal, problemas de salud o impedimentos físicos documentados por un médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado, calamidades domésticas graves ocurridas hasta ocho días antes de las elecciones, ausencia del país en el día de las elecciones, y aquellos con voto facultativo según la Constitución.
En caso de tener alguna de estas justificaciones, es necesario presentar los documentos requeridos en alguna de las 24 Delegaciones Provinciales para exonerarse de la multa por no votar.